Artículo 165 de la Constitución Española


Artículo 165 de la Constitución Española

Una ley orgánica regulará el funcionamiento del Tribunal Constitucional, el estatuto de sus miembros, el procedimiento ante el mismo y las condiciones para el ejercicio de las acciones.


Explicación del artículo 165 de la Constitución Española

El artículo 165 de la Constitución Española establece lo siguiente:

Artículo 165 de la Constitución Española (Título IX. Del Tribunal Constitucional):

Una ley orgánica regulará el funcionamiento del Tribunal Constitucional, el estatuto de sus miembros, el procedimiento ante el mismo y las condiciones para el ejercicio de las acciones.

Este artículo dispone que una ley orgánica, que es una categoría especial de ley con rango superior y que requiere una mayoría cualificada para su aprobación, será la encargada de regular los siguientes aspectos relacionados con el Tribunal Constitucional:

  1. Funcionamiento del Tribunal Constitucional: La ley orgánica establecerá las normas y directrices que guiarán el funcionamiento y organización interna del Tribunal Constitucional.
  2. Estatuto de sus miembros: La ley determinará el estatuto, derechos, deberes y responsabilidades de los magistrados y demás miembros del Tribunal Constitucional.
  3. Procedimiento ante el Tribunal Constitucional: La ley orgánica establecerá las reglas y pasos a seguir en los procesos y procedimientos que se llevan a cabo ante el Tribunal Constitucional, tanto para la interposición de recursos como para la resolución de casos y sentencias.
  4. Condiciones para el ejercicio de las acciones: La ley definirá las condiciones y requisitos que deben cumplir las partes involucradas para ejercer acciones y presentar recursos ante el Tribunal Constitucional.

En resumen, el artículo 165 de la Constitución Española tiene como objetivo proporcionar un marco legal completo y detallado para el funcionamiento y organización del Tribunal Constitucional, asegurando que este órgano tenga un procedimiento claro y transparente en la resolución de las cuestiones que le sean sometidas.