Artículo 54 del Código Civil


Artículo 54 del Código Civil

Cuando concurra causa grave suficientemente probada, el Ministro de Justicia podrá autorizar el matrimonio secreto.

En este caso, el expediente se tramitará reservadamente, sin la publicación de edictos o proclamas.



Explicación del artículo 54 del Código Civil

El artículo 54 del Código Civil de España trata sobre la posibilidad de autorizar el matrimonio secreto en casos excepcionales y con causa grave suficientemente probada. A continuación, se explica el contenido del artículo:

«Cuando concurra causa grave suficientemente probada, el Ministro de Justicia podrá autorizar el matrimonio secreto.

En este caso, el expediente se tramitará reservadamente, sin la publicación de edictos o proclamas.»

Este artículo establece que en situaciones excepcionales y cuando exista una causa grave debidamente probada, el Ministro de Justicia tiene la facultad de autorizar un matrimonio secreto. El matrimonio secreto es aquel que se celebra sin la publicación de edictos o proclamas previas.

La publicación de edictos o proclamas es un procedimiento común en la celebración de matrimonios en muchos países, incluido España. Consiste en la divulgación pública de información sobre la intención de contraer matrimonio por parte de los futuros cónyuges. Este procedimiento se realiza para permitir que cualquier persona que pueda tener algún conocimiento o impedimento legal para el matrimonio pueda presentar sus objeciones o reclamaciones antes de que se realice la ceremonia.

Sin embargo, el artículo 54 del Código Civil contempla la posibilidad de autorizar el matrimonio secreto en casos excepcionales, cuando haya una causa grave suficientemente probada que justifique la privacidad y discreción del proceso matrimonial. La decisión de autorizar este tipo de matrimonio recae en el Ministro de Justicia, y el expediente matrimonial se tramitará reservadamente, sin la publicación de edictos o proclamas.

Es importante destacar que esta autorización excepcional se otorga por el Ministro de Justicia, lo que indica que se trata de una medida que no es común y solo se aplica en circunstancias particulares y debidamente justificadas. El matrimonio secreto se realiza para proteger la privacidad de los contrayentes o para evitar posibles consecuencias negativas que puedan surgir debido a la publicidad del matrimonio.