Artículo 1588 del Código Civil español

Artículo 1588 del Código Civil español Código Civil español, Artículo 1588: Puede contratarse la ejecución de una obra conviniendo en que el que la ejecute ponga solamente su trabajo o su industria, o que también suministre el material. art 1588 cc El artículo 1588 del Código Civil trata sobre contratar la ejecución de una obra y sus … Más información