Conceptos básicos sobre incapacidad permanente absoluta


Conceptos básicos sobre incapacidad permanente absoluta

  • Reconocimiento: la competencia para reconocer la incapacidad la ostenta el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Sin embargo, se puede recurrir a la vía judicial en caso de denegación por parte de éste organismo administrativo.
  • Prestación: el trabajador declarado con incapacidad absoluta recibe una pensión. El pago de la misma está a cargo de la Seguridad Social si deriva de un accidente o enfermedad no laborales. En cambio, si la patología deriva de accidente laboral o enfermedad profesional, la capitalización estará a cargo de la Mutua de Accidente de Trabajo, pero los pagos serán realizados por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Requisitos: para tener derecho al cobro de esta pensión el trabajador debe estar dado de alta en la Seguridad Social o en una situación asimilada al alta y haber cotizado un mínimo de años, aunque hay excepciones.
  • Cuantía: equivale al 100% de la base reguladora. Esta se calcula en base a diferentes factores legalmente previstos.