Artículo 104 de la Constitución Española


Artículo 104 de la Constitución Española

1. Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.

2. Una ley orgánica determinará las funciones, principios básicos de actuación y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad.


Explicación del artículo 104 de la Constitución Española

El artículo 104 de la Constitución española establece las disposiciones relacionadas con las Fuerzas y Cuerpos de seguridad y su función en la protección de los derechos y libertades, así como en la garantía de la seguridad ciudadana.

A continuación, se detallan los puntos clave de este artículo:

  1. Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, que están bajo la dependencia del Gobierno, tienen como misión principal proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, así como garantizar la seguridad ciudadana. Esto implica que su labor se enfoca en salvaguardar el orden público y proteger los derechos individuales y colectivos de las personas.
  2. Una ley orgánica, es decir, una norma de rango superior a una ley ordinaria, determinará las funciones, los principios básicos de actuación y los estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad. Esta ley establecerá las competencias y atribuciones específicas de las fuerzas de seguridad, así como los principios y directrices básicas que deben guiar su actuación.

En resumen, el artículo 104 establece que las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tienen la misión de proteger el ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana. Además, se establece que una ley orgánica determinará las funciones, principios básicos de actuación y estatutos de estas fuerzas.