Artículo 113 de la Constitución Española


Artículo 113 de la Constitución Española

1. El Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura.

2. La moción de censura deberá ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados, y habrá de incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno.

3. La moción de censura no podrá ser votada hasta que transcurran cinco días desde su presentación. En los dos primeros días de dicho plazo podrán presentarse mociones alternativas.

4. Si la moción de censura no fuere aprobada por el Congreso, sus signatarios no podrán presentar otra durante el mismo período de sesiones.


Explicación del artículo 113 de la Constitución Española

El artículo 113 de la Constitución Española establece lo siguiente:

  1. El Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura.

Este párrafo establece que el Congreso de los Diputados tiene la facultad de exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la aprobación de una moción de censura. Para que la moción de censura sea aprobada, se requiere una mayoría absoluta de los diputados, es decir, más de la mitad del número total de diputados que componen el Congreso.

  1. La moción de censura deberá ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados, y habrá de incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno.

En este apartado se establece que la moción de censura debe ser presentada por al menos la décima parte de los diputados, es decir, un mínimo de 35 diputados. Además, la moción de censura debe incluir la propuesta de un candidato a la Presidencia del Gobierno, es decir, una persona que se postule como alternativa al actual Presidente del Gobierno.

  1. La moción de censura no podrá ser votada hasta que transcurran cinco días desde su presentación. En los dos primeros días de dicho plazo podrán presentarse mociones alternativas.

En este párrafo se establece que la moción de censura no puede ser votada hasta que hayan transcurrido cinco días desde su presentación. Durante los dos primeros días de este plazo, otros diputados tienen la posibilidad de presentar mociones de censura alternativas, es decir, proponer otros candidatos a la Presidencia del Gobierno.

  1. Si la moción de censura no fuere aprobada por el Congreso, sus signatarios no podrán presentar otra durante el mismo período de sesiones.

Este último párrafo establece que si la moción de censura no es aprobada por el Congreso, los diputados que la hayan firmado no podrán presentar otra moción de censura durante el mismo período de sesiones. Esto impide que se presenten mociones de censura de forma reiterada sin obtener éxito.

En resumen, el artículo 113 establece que el Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la aprobación de una moción de censura por mayoría absoluta. La moción de censura debe ser propuesta por al menos la décima parte de los diputados e incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno. Además, se establecen plazos y restricciones para la presentación y votación de la moción de censura.