Artículo 14 de la Constitución Española
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Explicación del artículo 14 de la Constitución Española
El artículo 14 de la Constitución Española establece lo siguiente:
«Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.»
Este artículo consagra el principio fundamental de igualdad en España. Estipula que todos los ciudadanos españoles son iguales ante la ley y prohíbe cualquier forma de discriminación basada en el nacimiento, la raza, el sexo, la religión, la opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Este artículo garantiza la igualdad de trato y de oportunidades para todos los ciudadanos, independientemente de sus características personales o circunstancias sociales. Establece que todas las personas tienen los mismos derechos y deberes, y deben ser tratadas de manera justa y sin discriminación por parte de las instituciones y autoridades públicas.
El artículo 14 de la Constitución Española refleja el compromiso del Estado español con los principios de igualdad y no discriminación, y sienta las bases para la protección de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.