Artículo 15 de la Constitución Española
Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
Explicación del artículo 15 de la Constitución Española
El artículo 15 de la Constitución Española establece lo siguiente:
«Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.»
Este artículo consagra los derechos fundamentales a la vida y a la integridad física y moral de todas las personas en España.
En primer lugar, se establece el derecho a la vida, lo que implica que todas las personas tienen el derecho fundamental a la preservación de su vida, y ninguna autoridad o individuo puede privar arbitrariamente de este derecho, excepto en los casos y las condiciones establecidos por la ley.
Además, se garantiza el derecho a la integridad física y moral, lo que significa que todas las personas tienen el derecho a no ser sometidas a tortura o a penas o tratos inhumanos o degradantes. Este derecho protege a las personas de sufrir cualquier forma de violencia, abuso o trato cruel que atente contra su integridad física o moral.
El artículo también establece que la pena de muerte ha sido abolida en España, salvo en lo que puedan disponer las leyes penales militares en tiempos de guerra. Esto significa que la pena de muerte no puede ser aplicada en la legislación civil, excepto en circunstancias extremas y en el ámbito militar durante conflictos bélicos.
En resumen, el artículo 15 de la Constitución Española garantiza el derecho a la vida y a la integridad física y moral de todas las personas en España. Prohíbe la tortura y los tratos inhumanos o degradantes, y establece la abolición de la pena de muerte, excepto en lo que dispongan las leyes penales militares en tiempos de guerra.