Artículo 68 de la Constitución Española


Artículo 68 de la Constitución Española

1. El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que establezca la ley.

2. La circunscripción electoral es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. La ley distribuirá el número total de Diputados, asignando una representación mínima inicial a cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población.

3. La elección se verificará en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación proporcional.

4. El Congreso es elegido por cuatro años. El mandato de los Diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.

5. Son electores y elegibles todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos.

La ley reconocerá y el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que se encuentren fuera del territorio de España.

6. Las elecciones tendrán lugar entre los treinta días y sesenta días desde la terminación del mandato. El Congreso electo deberá ser convocado dentro de los veinticinco días siguientes a la celebración de las elecciones.


Explicación del artículo 68 de la Constitución Española

El artículo 68 de la Constitución Española establece disposiciones sobre la composición y elección del Congreso de los Diputados. A continuación se muestra el texto del artículo 68:

  1. El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que establezca la ley.
  2. La circunscripción electoral es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. La ley distribuirá el número total de Diputados, asignando una representación mínima inicial a cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población.
  3. La elección se verificará en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación proporcional.
  4. El Congreso es elegido por cuatro años. El mandato de los Diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.
  5. Son electores y elegibles todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos. La ley reconocerá y el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que se encuentren fuera del territorio de España.
  6. Las elecciones tendrán lugar entre los treinta días y sesenta días desde la terminación del mandato. El Congreso electo deberá ser convocado dentro de los veinticinco días siguientes a la celebración de las elecciones.»

En base a este artículo:

  1. El Congreso de los Diputados está compuesto por un mínimo de 300 y un máximo de 400 diputados. Estos diputados son elegidos mediante sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, según lo que establezca la ley electoral.
  2. La circunscripción electoral es la provincia, y cada una de ellas está representada por al menos un diputado. Las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla también están representadas por un diputado cada una. La distribución del número total de diputados se realiza asignando una representación mínima inicial a cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población.
  3. La elección de los diputados se realiza en cada circunscripción siguiendo criterios de representación proporcional, lo que busca que la composición del Congreso refleje el apoyo electoral recibido por cada partido político.
  4. El mandato del Congreso de los Diputados tiene una duración de cuatro años. El mandato de los diputados finaliza cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara, en caso de que esto ocurra antes de los cuatro años.
  5. Todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos tienen derecho a ser electores y elegibles para el Congreso de los Diputados. Además, la ley reconoce y el Estado facilita el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que se encuentren fuera del territorio de España.
  6. Las elecciones para el Congreso de los Diputados deben tener lugar entre los treinta y los sesenta días posteriores al final del mandato. Una vez celebradas las elecciones, el Congreso electo debe ser convocado dentro de los veinticinco días siguientes.

En resumen, el artículo 68 establece las disposiciones sobre la composición, elección, duración y convocatoria del Congreso de los Diputados, garantizando el sufragio universal, la representación proporcional y el ejercicio del derecho de sufragio tanto dentro como fuera del territorio de España.