Artículo 81 de la Constitución Española


Artículo 81 de la Constitución Española

1. Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución.

2. La aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto.


Explicación del artículo 81 de la Constitución Española

El artículo 81 de la Constitución Española establece las disposiciones relacionadas con las leyes orgánicas.

En primer lugar, se define qué se entiende por leyes orgánicas. Se establece que las leyes orgánicas son aquellas que se refieren al desarrollo de los derechos fundamentales y las libertades públicas, las que aprueban los Estatutos de Autonomía (normas fundamentales de las comunidades autónomas) y el régimen electoral general, así como aquellas leyes que estén previstas específicamente en la Constitución.

En segundo lugar, se establece el procedimiento para la aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas. Se requiere una mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados para que una ley orgánica sea aprobada, modificada o derogada. Esto significa que se debe obtener el apoyo de más de la mitad de los miembros del Congreso en una votación final sobre el conjunto del proyecto de ley orgánica.

En resumen, el artículo 81 establece que las leyes orgánicas se refieren al desarrollo de los derechos fundamentales y las libertades públicas, los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general, así como las leyes previstas en la Constitución. Además, se establece que se requiere una mayoría absoluta en el Congreso para la aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas. Estas disposiciones demuestran la importancia y el procedimiento específico que se aplica a las leyes orgánicas en el ordenamiento jurídico español.