Artículo 85 de la Constitución Española


Artículo 85 de la Constitución Española

Las disposiciones del Gobierno que contengan legislación delegada recibirán el título de Decretos Legislativos.


Explicación del artículo 85 de la Constitución Española

El artículo 85 de la Constitución Española establece que las disposiciones del Gobierno que contengan legislación delegada recibirán el título de «Decretos Legislativos».

Esto implica que cuando el Gobierno ejerce la facultad de legislar mediante delegación por parte de las Cortes Generales, las normas resultantes serán denominadas «Decretos Legislativos». Estos decretos tendrán fuerza de ley y estarán sujetos a los mismos efectos y alcance que las leyes aprobadas directamente por las Cortes.

Los Decretos Legislativos se caracterizan por su origen en una delegación legislativa previa y su promulgación por parte del Gobierno. Estas normas se utilizan para desarrollar y completar la legislación en materias específicas, siguiendo los principios y criterios establecidos en la delegación otorgada por las Cortes Generales.

En resumen, el artículo 85 de la Constitución Española establece que las disposiciones del Gobierno que contienen legislación delegada se denominarán «Decretos Legislativos». Estos decretos tienen la misma fuerza y efectos que las leyes aprobadas directamente por las Cortes, y su objetivo es complementar y desarrollar la legislación en materias específicas de acuerdo con la delegación legislativa otorgada.