Artículo 93 de la Constitución Española


Artículo 93 de la Constitución Española

Mediante ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución. Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de estos tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión.


Explicación del artículo 93 de la Constitución Española

El artículo 93 de la Constitución española establece la posibilidad de autorizar, a través de una ley orgánica, la celebración de tratados en los que se otorguen competencias derivadas de la Constitución a organizaciones o instituciones internacionales. A continuación, se detallan los puntos clave de este artículo:

  1. Se puede autorizar la celebración de tratados mediante una ley orgánica. Esta autorización se refiere a los casos en los que se ceden competencias derivadas de la Constitución española a organizaciones o instituciones internacionales.
  2. Es responsabilidad de las Cortes Generales o del Gobierno, según corresponda en cada caso, garantizar el cumplimiento de estos tratados. Esto implica asegurar que las obligaciones derivadas de los tratados internacionales en los que se haya cedido competencias sean cumplidas.
  3. También se debe garantizar el cumplimiento de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales que sean titulares de la cesión de competencias. Esto implica que las decisiones o resoluciones tomadas por estos organismos deben ser respetadas y cumplidas por España.

En resumen, el artículo 93 establece que mediante una ley orgánica se puede autorizar la celebración de tratados en los que se otorguen competencias derivadas de la Constitución a organizaciones internacionales. Además, se establece la responsabilidad de las Cortes Generales o del Gobierno en garantizar el cumplimiento de estos tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión de competencias.